Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) – Plazos y obligaciones vigentes en 2026

Plazos para actualizar el RNBD y se prohíben hulleros para recolectar información.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) mantiene la obligación para todas las organizaciones con activos superiores a 100.000 UVT de registrar y actualizar sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD).

 

En la actualidad, el plazo para la actualización anual vence el 31 de marzo de cada año, y el incumplimiento puede generar sanciones de hasta 2.000 SMMLV o el 5% de los ingresos operacionales de la empresa. Estas medidas buscan garantizar la transparencia en el tratamiento de datos personales y fortalecer la confianza de los titulares.

  • Reporte semestral de incidentes de seguridad y reclamos: Los responsables deben informar a la SIC sobre vulneraciones de datos y las acciones correctivas adoptadas.

  • Restricciones en el uso de biometría: la SIC exige que el tratamiento de datos biométricos cumpla con estrictos estándares de seguridad y proporcionalidad.

 

  • Fiscalización electrónica: La SIC cruza información digitalmente con otras entidades, lo que aumenta la probabilidad de sanciones si no se cumple con la normativa.

La protección de datos personales dejó de ser una medida coyuntural por la pandemia y se consolidó como un pilar permanente de cumplimiento empresarial en Colombia. Mantener las bases de datos actualizadas en el RNBD y cumplir con los reportes exigidos por la SIC es hoy una obligación estratégica para todas las organizaciones.

 

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              JAVIER ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ

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